domingo, 17 de enero de 2010

LVSDSV 1.2 - Open Acta


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ACTA
Anti-Counterfeiting Trade Agreement

¿Qué es?
Acuerdo internacional contra la piratería y la falsificación de propiedad industrial e intelectual. Abarca bienes físicos e intelectuales, así como su distribución a través del Internet.
¿Quiénes participan?
USA, AU, UE, SUIZA, JP, KOR, NZ, MEX, JORDANIA, MARRUECOS, ARABIA SAUDITA, SINGAPUR
¿Por qué?
Respuesta al incremento del tráfico de bienes falsificados y bienes protegidos por la Propiedad Intelectual.
Objetivos:
Crear una legislación internacional que pretende ofrecer un marco legal que protega más efectivamente los bienes protegidos por la Propiedad Intelectual. El tratado aunque en su mayoría se enfoca a los bienes tangibles, incluye la distribución de información a través del Internet.
Capítulos Propuestos
– Consideraciones y Definiciones
– Reforzamiento de Propiedad Intelectual
– Aplicación Civil
- Protección de Fronteras
- Aplicación Criminal
- Aplicación Derechos de Propiedad Intelectual en el Area Digital
– Cooperación Internacional;
- Aplicación de Prácticas;
– Acuerdos Institucionales;
- Consideraciones Finales.

Medidas que propone ACTA (Internet)

- Los IPS serán responsables del contenido protegido por Propiedad Intelectual que transita por sus redes. Como resultado los ISPs tendrán que invertir en mucha infraestructura de monitoreo, legal y en equipo. Si un ISP no es capaz de proveer esta infraestructura, tendrá que implementar los 3 avisos.

- 3 avisos. Si un usuario es acusado de violación a la propiedad intelectual 3 veces, será desconectado del Internet. Multado y cumplir sentencia en cárcel también es posible.

- El Propietario de la Propiedad Intelectual no tiene que dar evidencia o probar que el usuario lo hizó, solo tiene que hacer 3 acusaciones.

- EL ISP tiene que denunciar a los usuarios, ya que toda la responsabilidad cae sobre ellos. Por lo que tendrán que monitorear sus actividades en línea, violando así su derecho a la privacidad.

(ISP=Internet Service Provider)

¿En qué afecta a México?
1. Este Tratado Internacional tendría la misma validez que la Constitución.
  • Art. 133 Constitucional. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.
2. ACCESO
  • Educación
  • E-servicios
  • Desarrollo Social (#(internetnecesario)
  • Relaciones personales, familiares, amistades. Comunicación.
  • Innovación
3. DERECHOS HUMANOS
  • Democracia
  • Privacidad (Artículo 16) Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
  • Fomenta el Mercado Negro de Conexiones
4. TRANSPARENCIA

  • E-gobierno
  • E-democracia
  • Participación Ciudadana
  • El Estado tiene que garantizar que los ciudadanos siempre puedan accesar a sus datos.
  • Art. 16 Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.
*REFUERZA MONOPOLIOS
  • Art 28 En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, la (las, sic DOF 03-02-1983) prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a ls (las, sic DOF 03-02-1983) prohibiciones a título de protección a la industria. En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social. Las leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, así como para imponer modalidades a la organización de la distribución de esos artículos, materias o productos, a fin de evitar que intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia en el abasto, así como el alza de precios. La ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses.
* NEUTRALIDAD DE LA RED
  • La neutralidad de red es un principio propuesto para las redes de banda ancha de uso residencial (de las que Internet es el paradigma), y potencialmente aplicable a todas las redes de comunicación, que describe cuál debería ser el tratamiento del tráfico que circula a través de ellas.Una red neutral es aquella que está libre de restricciones en las clases de equipamiento que pueden ser usadas y los modos de comunicación permitido, que no restringe el contenido, sitios y plataformas, y donde la comunicación no está irrazonablemente degradada por otras comunicaciones.http://es.wikipedia.org/wiki/Neutralidad_de_red
Nuestros Argumentos (@antoniomarvel y @misspirata)
  • Condiciones Sociales, Políticas y Económicas
México esta negociando el ACTA con países en condiciones sociales completamente distintas a su realidad. En muchos de los países proponentes de este tratado, (Suecia por ejemplo) existe competencia, educación a todos niveles,se promueve la innovación, hay proveedores de conexiones locales, el gobierno es transparente, se usan bien los impuestos. No tenemos las condiciones de igualdad, ni políticas, ni de acceso a la oportunidad que los socios del ACTA.

En México no existe la movilidad social, no hay una estructura legal, política y económica que promueva las oportunidades. ¿Cómo considerar un tratado que advoca por cancelar el potencial, que ofrece el acceso libre al conocimiento por medio de Internet? El Estado tiene que legislar el acceso y luego – tal vez con la información necesaria – considerar el ACTA.

Pensar el ACTA en términos de economias europeas, árabes o americana no tiene sentido. Las compañías que cabildean este tratado estan por ejemplo en EUA, de hecho generan PIB. Aunque reprobamos este tratado, tiene sentido que defiendan su economía. (Sony, Warner,industria del entretenimiento) Aquí somos un mero rebote de todos ellos y ellos no generan trabajo aquí, solo ganancias. Encima, las libertades civiles se violarían y la estrucutura monopólica se reforzaría.
  • Monopolios
El mercado y la infraestructura para implementar el ACTA esta concentrada en una sola persona. Carlos Slim. Las interconexiones no estan reguladas en México, a pesar de la nueva regulación del espectro radioeléctrico, se tienen que lograr aún, acuerdos similares para resolver todas las telecomunicaciones. No se ha regulado la interconexión ni la competencia, en cuanto a Internet.

El hecho de que Slim sea el dueño de los tubos, y que el ACTA pretende dar a los ISP facultades para decidir quién y quién no comete violaciones a la propiedad intelectual, en el caso específico de México, daría a Carlos Slim facultades metaconsitucionales. El Estado ni siquiera tendría el poder de desición sobre este asunto, y es preocupante que alguien que no es el estado, tuviera esas facultades represoras, que ni el estado las tiene por su vocación liberal.

Slim sería más poderoso que el Estado. En China por ejemplo, el estado es el que tiene el firewall. No es bueno por ningún motivo, pero es El Estado Chino el que decide bloquear los tubos. Pero en el caso mexicano, no seria el Estado el encargado, sino un un señor con una especie de Paraestado de Telecomunicaciones.

¿Que pasaría si un usuario infringe 3 veces dentro de una escuela? ¿Si un empleado de dependencia de gobierno lo hace? ¿Desconectamos a la Secretaría.. Dejámos a la escuela sin conexión.. Encárcelamos al papá del niño?
Finalmente las empresas que cabildean este tratado no son mexicanas. No generan PIB real. Pemex genera PIB y la estamos hundiendo. ¿Qué han hecho por México Sony, Warner Brother, Phizer? ¿Los intereses de quién defiende el ACTA?
  • Burocracia
El costo de que el Estado Mexicano se integre al ACTA es muy alto.

Se busca adelgazar el gobierno a traves de la red pero con ACTA tendría que ofrecer los mismos e-servicios para los desconectados. EL SAT ya cobró fuerza como servicio, con un ACTA se tendrían que volver a contratar 70 mil personas que llenen una hoja rosa y copia de carbón para los archivos. Ya que constitucionalmente los mexicanos tienen que tener acceso en todo momento a sus datos, los desconectados tendrían que tener estos servicios offline. Para un estado mexicano que lucha en contra de la burocracia esto es letal. ¿Cómo van a accesar los ciudadanos su CURP? ¿Cómo pago mis impuestos? ¿Crearemos una burocracia alterna para garantizar los derechos de los ciudadanos que el ACTA viola?
  • Transparencia
No es nuevo que el estado mexicano lucha para poder hacer más transparente su funcionamiento. Los nuevos servicios de información para la ciudadanía como IFAI serían obsoletos para los desconectados. La posibilidad de integrar a la ciudadanía en la vida política a través de las redes, sería coartada. El estado perdería la oportunidad de utilizar el Internet como herramienta para sus planes y campañas políticas. Si hay menos Internet va a ver menos democracia.
  • Efectos Colaterales
Mientras el ACTA trata de combatir la generación de ganancias a partir de prácticas ilegales, el desconectar a usuario propiciaría un mercado negro de conexiones. La gente ya no puede dejar a un lado su vida digital cotidiana y se impulsaría colateralmente la posibilidad de grupos que trafiquen con conexiones. (escenario extremo hipotético y… posible)
  • Protección de Fronteras
¿Por qué México no legisla primero con USA la venta de armas en la frontera en primer lugar? Después sería más sensato discutir el ACTA. Es un problema bilateral exclusivamente. El Border Protection no le compete a Nueva Zelanda, por ejemplo. ¿Porque legislar mundialmente?

Conclusiones:

  1. No firmen el ACTA.
  2. Legislen para convertir al estado a software con licencias libres, patrocinar la innovación, generar empleo para jóvenes de universidades tecnológicas, eficientar a la burocracia. Patrocinen su propia infraestructura con la ayuda del conocimiento libre. Conéctemos a los 50 millones de desconectados antes de desconectar a más.
  3. Se tiene que definir constitucionalmente la diferencia entre file-sharing, piratería y falsificación.
  4. Hagan públicos todos los docunentos para que los ciudadanos tengan acceso a ellos. Si esto tiene el mismo valor que la Constitucion los ciudadanos tenemos que tener acceso a ella.
  5. Legislen nacionalmente esta problemática antes de firmar tratados internacionales con valor constitucional. No comentan el mismo error que con el NAFTA.
  6. “La diversidad cultural es, para el género humano, tan necesaria como la diversidad biológica para los organismos vivos”
  7. La democracia no es negociable. La democracia es el derecho que todos tenemos de acceder a lo mismo, las mismas cosas, los mismos bienes y el conocimiento. La democracia no es votar en una urna. El estado tiene que garantizar la vida democrática digital y análoga. El ACTA coarta el derecho a una calidad de vida democrática.
  8. No tiene ningún sentido para México firmar el ACTA, no es realista en ningún sentido para el desarrollo de México.
  9. Compartir el conocimiento y la información no es nunca piratería y falsificación.
  10. No se pueden poner los derechos de la propiedad intelectual antes que los derechos de los ciudadanos.
  11. Hay que legislar el Internet para abrirlo, garantizarlo, ampliarlo, No coartarlo ni limitarlo.
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